ICE en el aeropuerto: lo que todo viajero debe saber ahora mismo

El ICE en el aeropuerto: lo que todo viajero debe saber ahora mismo

ICE en el aeropuerto solía significar llegadas internacionales. Ya no lo hace.

La TSA comparte ahora información sobre los viajeros con las autoridades de inmigración, y esos datos se cotejan con las bases de datos de las fuerzas del orden antes de que llegues a la puerta de embarque. Un expediente de asilo pendiente, un permiso de trabajo válido o una tarjeta de residencia no impiden por sí mismos que te detengan; lo que te pone en riesgo es lo que muestres para poder volar.

Si no tienes un estatus migratorio válido, considera seriamente tomar vuelos nacionales en este momento.

Lo que aprenderá

  • Por qué la fecha de caducidad de su visa no es la misma que su estancia autorizada y cómo comprobar la fecha que realmente importa
  • Por qué los vuelos nacionales ahorallevan un riesgo real de inmigración, incluso sin un puesto de control de la CBP
  • Si un caso de asilo pendiente y un permiso de trabajo válido lo protegen del arresto bajo la ley de aplicación actual
  • Qué órdenes judiciales usa ICE en los aeropuertos y qué es lo que realmente requieren
  • ¿Qué titulares de la tarjeta verde corren un mayor riesgo en el aeropuerto en estos momentos, incluidos aquellos con condenas antiguas y por delitos menores?
  • Cómo el intercambio de información entre agencias ha cambiado lo que sucede cuando muestras tu identificación para volar

Su fecha de vencimiento de visa no es la fecha en la que debe irse

Una visa y una estancia autorizada son dos cosas diferentes, y confundirlas es una de las maneras más rápidas de meterse en problemas, incluida una ICE en el aeropuerto con un encuentro inesperado.

A visado es un documento emitido por el Departamento de Estado que le permite solicitar la entrada a los EE. UU. en un estatus particular. Lo que realmente controla cuánto tiempo puede permanecer es su registro I-94 — y esa fecha puede extenderse mucho más allá de la fecha de su sello de visa.

Las reglas varían según la categoría de visa:

Tipo de visaCómo se determina la estancia autorizada
Turista (B-1/B-2)Cada entrada suele conceder hasta seis meses, aunque un oficial puede conceder menos tiempo.
H-1BLa estancia generalmente se extiende hasta la fecha de vencimiento de la visa
Visado electrónicoCada entrada otorga dos años, independientemente de cuándo expire el sello de la visa

Consulte su registro I-94 actual en i94.cbp.dhs.gov indicando tu nombre y número de pasaporte.

Idea clave: El periodo de estancia autorizado figura en tu formulario I-94, no en el sello de tu visado. Un visado de turista puede tener una validez de 10 años, mientras que cada entrada te da derecho a una estancia de aproximadamente seis meses; el formulario I-94 es el documento que determina cuándo debes salir del país.

El ICE en el aeropuerto ahora incluye las terminales nacionales, no solo las llegadas internacionales

Los puntos de control de vuelos nacionales ahora conllevan un riesgo migratorio real. La TSA está compartiendo información de los viajeros con las autoridades de inmigración, y el servicio de control migratorio está utilizando esos datos para verificar el estatus de una persona. Personas sin estatus migratorio válido han sido arrestadas tras controles de la TSA en vuelos nacionales — incluso en rutas que no tienen ninguna interfaz de Aduanas y Protección Fronteriza.

Esto forma parte de un cambio más amplio en la forma en que los organismos públicos comparten información. El IRS está compartiendo datos con el DHS. El Gobierno está presionando para que los bancos también compartan información. Los registros privados que antes estaban aislados de las autoridades de inmigración ahora están llegando a sus manos.

Las detenciones en aeropuertos también se llevan a cabo deliberadamente fuera de la vista del público: en salas privadas. Eso las mantiene alejadas de la visibilidad pública de las detenciones en las calles. Ha habido un aumento significativo reciente en las detenciones que ocurren en terminales nacionales y aeropuertos que sirven exclusivamente a vuelos dentro de los Estados Unidos.

En resumen: La TSA está compartiendo información de los viajeros con las autoridades de inmigración. Personas sin estatus migratorio válido han sido arrestadas a pesar de haber volado únicamente en una ruta nacional que no cuenta con interfaz de la CBP. Cualquier persona sin estatus migratorio válido debería reconsiderar seriamente viajar en avión a nivel nacional en este momento.
ICE en un aeropuerto revisando a pasajeros en vuelos nacionales.

Una Real ID no te protege si tu estatus ha expirado

Real ID es un documento de identidad que cumple con la normativa federal; no todos los permisos de conducir estatales cumplen los requisitos. Algunos estados expidieron «Real IDs» a personas que contaban con una autorización de trabajo válida en el momento de la solicitud. Eso significa que alguien podría tener hoy en día un «Real ID» vigente aunque el estatus migratorio subyacente que le daba derecho a él haya caducado desde entonces; por ejemplo, un antiguo TPS titular del Estatus de Protección Temporal (TPS) cuyo TPS ha terminado ahora.

El hecho de tener un Real ID no elimina el riesgo de encontrarte con el ICE en el aeropuerto si tu situación migratoria ha caducado, ya que la TSA comparte información con las autoridades de inmigración. El documento que llevas en la cartera puede parecer válido, pero es posible que tu situación actual no lo sea.

El momento en el que te expones es el acto de presentar los documentos para embarcar, no necesariamente lo que digas. Tienes el derecho constitucional a guardar silencio si ICE te detiene en un aeropuerto nacional. El silencio no te obliga legalmente a responder.

Pero el silencio puede no protegerle de la forma en que la gente espera. Las autoridades pueden determinar el estatus migratorio y la extranjería a partir de los documentos que usted ha entregado voluntariamente para pasar los controles con el fin de abordar el vuelo, antes de que diga una palabra.

Una distinción importante: en un puerto de entrada — En un paso fronterizo internacional o en la zona de llegadas internacionales — si te niegas a responder a las preguntas de la CBP, los agentes tienen derecho a denegarte la entrada. Se trata de un marco jurídico distinto al de un control en un aeropuerto nacional.

Si tu situación no está clara o ha caducado, el mero hecho de volar en vuelos nacionales ya supone un riesgo, independientemente del documento de identidad que lleves contigo.

Las normas precisas que rigen cuándo los estados emiten Real IDs a los no ciudadanos varían y deben verificarse con un abogado de inmigración antes de sacar conclusiones sobre su propia situación.

Un caso de asilo pendiente y un permiso de trabajo válido ya no garantizan que no será arrestado

Durante décadas, una solicitud de asilo pendiente junto con una válida autorización de trabajo —el Documento de Autorización de Empleo, o EAD— se entendía que lo protegía de ser arrestado mientras su caso avanzaba por el sistema.

Esa protección ya no funciona como antes.

Al menos algunos oficiales del DHS están adoptando actualmente la postura de que las personas con un caso de asilo pendiente y un EAD válido que ingresaron a los EE. UU. sin inspección se encuentran aquí ilegalmente y sujetas a arresto. A nuestro juicio, esa postura es legalmente incorrecta y es probable que los jueces federales coincidan.

Pero el riesgo práctico existe ahora mismo, independientemente de cómo fallen finalmente los tribunales. Un oficial puede arrestarte, trasladarte a un centro de detención remoto y presionarte para que aceptes irte voluntariamente antes de que cualquier juez de inmigración siquiera revise su caso. Incluso un arresto que resulta ser ilegal puede descarrilar un caso pendiente al enviarlo a una jurisdicción distante y separarlo de su familia y equipo legal.

Las personas con una solicitud de asilo pendiente válida y un EAD válido corren el riesgo de ser arrestadas bajo la postura de aplicación de la ley actual. Las consecuencias de ese arresto son enormes, razón por la cual se justifica la precaución incluso cuando la ley parece estar de su lado. Esperamos que esta postura sea retirada pronto, pero en este momento sigue siendo un riesgo.

Idea clave: El DHS sostiene actualmente la postura de que los solicitantes de asilo con autorización de trabajo válida se encuentran aquí de manera ilegal y están sujetos a arresto y detención, en particular aquellos individuos que ingresaron a través de la frontera. Este abogado considera que dicha postura es jurídicamente inexacta, pero el riesgo de arresto, detención remota y la presión para aceptar la salida voluntaria es real e inmediato.
Un hombre inquieto en un aeropuerto con agentes del ICE revisando a los pasajeros.

Arrestos en aeropuertos sin una orden judicial o con una orden administrativa no firmada por un juez

Órdenes administrativas — estos son documentos que autorizan un arresto de ICE, incluso en un aeropuerto; estos no están firmados por un juez, sino autorizados por empleados del DHS. Es bastante sencillo para la agencia crear este documento sin ninguna supervisión judicial.

A diferencia de una orden judicial, que requiere que un juez revise la evidencia, determine si existe causa probable y autorice el arresto, una orden administrativa no requiere una firma judicial. Una firma de cualquiera de los innumerables funcionarios autorizados del DHS es lo único que se interpone entre usted y la detención.

Bajo muchas circunstancias en un aeropuerto, NO se requeriría UNA ORDEN DE ARRESTO. Si hay causa probable para creer que la persona se encuentra en los Estados Unidos ilegalmente y si es probable que el individuo “escape”, entonces se puede realizar un arresto sin ninguna orden judicial.

Si bien las órdenes administrativas solían ofrecer algunos derechos al debido proceso y salvaguardias procesales, bajo los objetivos orientados a la aplicación de la ley de la Segunda Administración Trump, se ha producido un cambio radical. Por lo tanto, en lugar de emitir la orden administrativa ANTES de un arresto, ahora se envía a los supervisores al terreno para que la orden pueda emitirse DESPUÉS de un arresto. En consecuencia, si bien históricamente la orden administrativa se basaba en pruebas sobre un objetivo tras una investigación, ahora se utilizan en su lugar para justificar arrestos de individuos, incluso aquellos encontrados al azar. 

Las detenciones bajo estas circunstancias están siendo impugnadas. Si bien se han presentado algunas demandas colectivas, debido a la enormidad de los cambios administrativos y normativos de esta administración, es posible que deba impugnarse caso por caso. Un abogado individual lleva un asunto específico a tribunales para impugnar la validez y legalidad de esa única detención.

Estudiantes con visa F-1: El sello de su visa no es la consideración principal; su registro de estatus sí lo es

No es el visado lo que determina el derecho de los estudiantes a permanecer en Estados Unidos, sino el formulario I-94 del estudiante y/o la autorización de cambio de estatus y su duración. 

Un sello de visado es lo que permite a un ciudadano extranjero entrar en Estados Unidos con un estatus concreto. Una vez dentro del país, tu derecho a permanecer en él puede caducar. Lo que te permite permanecer legalmente en Estados Unidos es mantener el estatus F-1: asistir a tu programa a tiempo completo, aprobar tus asignaturas, no infringir tu estatus asistiendo a otro centro educativo sin permiso o trabajando sin autorización, y, posteriormente, cumplir con cualquier autorización de OPT o CPT.

Viajar dentro del país con un visa vencida no es el riesgo; más bien, es perder su estatus de estudiante a través de violaciones de estatus como dejar de asistir a clases, cambiar de escuela o trabajar sin autorización, o exceder la fecha de finalización de su programa.

Los estudiantes con visa F-1 históricamente han sido admitidos por duración del estatus (D/S), lo que significa que su estancia era válida mientras cumplieran con sus obligaciones como estudiantes. La Administración Trump se está alejando de ese modelo de acumulación de presencia ilegal. Según el nuevo enfoque, a los estudiantes se les asigna una fecha de finalización fija para sus estudios, lo que establece un límite máximo estricto para su estancia autorizada que antes no existía. Este cambio hace que su situación actual sea menos segura de lo que habría sido con la práctica anterior.

Antes de cualquier viaje, incluidos los vuelos nacionales, verifique las fechas de su estancia autorizada y confirme que su estatus esté vigente.

Estudiantes F-1 sentados juntos en una biblioteca.

Cómo el intercambio de datos entre organismos ha cambiado la información de la que dispone ICE y las medidas que toma cuando presentas un documento de identidad en el aeropuerto

Mostrar un documento en un aeropuerto solía ser una gestión aislada, cuya información se utilizaba únicamente para volar. Eso ya no es así.

La TSA comparte información sobre los viajeros con el DHS. El IRS comparte información con el DHS, al igual que otras agencias federales. Incluso las entidades privadas que están bajo supervisión federal están siendo presionadas para que compartan información; por ejemplo, se está presionando a los bancos para que también lo hagan. Mostrar documentos en un aeropuerto, incluso en un vuelo nacional, puede ahora revelar su situación migratoria a las autoridades del DHS de formas que antes no eran posibles.

Lo que determina tu situación real es si tienes estatus legal en el momento de presentar los documentos a la TSA para volar. El formulario I-94 es el documento oficial que, por lo general, establece tu período de estancia autorizado, es decir, la fecha en la que realmente debes salir del país. El hecho de que el sello de tu visado haya caducado no significa que te encuentres en situación irregular, siempre y cuando tu I-94 siga indicando una fecha de finalización válida. Los estudiantes que se enfrentan a un riesgo concreto, como la pérdida de estatus mediante una notificación al SEVIS —a veces sin que el propio estudiante lo sepa—, deben estar muy atentos. Si te encuentras fuera de estatus, cualquier control de documentos en un aeropuerto alimenta esa infraestructura de control de cumplimiento.

Presencia ilegal — un concepto jurídico que se remonta a 1997 — es algo distinto de encontrarse en situación irregular, y a menudo se confunden ambos conceptos. La presencia ilegal se acumula mientras permanezcas de forma ilegal en Estados Unidos, y se define, al igual que la situación irregular, mediante la ley y la interpretación administrativa. La acumulación de presencia ilegal solo puede afectar a un no ciudadano si este abandona Estados Unidos, lo que podría suponer la imposibilidad de regresar. Los viajes dentro del país no lo reinician; el plazo sigue corriendo. La prohibición de reingreso no se activa por la acumulación de presencia ilegal, sino que se activa en el momento en que se abandona físicamente el país. Salir tras más de seis meses de presencia ilegal activa una prohibición de regreso de tres años; un año o más de presencia ilegal activa una prohibición de 10 años. Reingresar de forma ilegal dentro del plazo de prohibición se interpreta en este momento como un motivo de inelegibilidad para obtener una exención dentro de Estados Unidos. Una segunda salida puede dar lugar a lo que se denomina una prohibición permanente. Existen exenciones para algunas infracciones relacionadas con la presencia ilegal, pero su alcance es limitado: solo un cónyuge o progenitor que sea ciudadano estadounidense o residente permanente y cumpla los requisitos puede servir de base para ello.

Más personas están acumulando presencia ilegal ahora que antes, incluidos los antiguos estudiantes con visa F-1 que anteriormente contaban con protección por la duración de su estatus debido a cambios en la interpretación de lo que abarca la presencia ilegal.

En resumen: Es probable que un sello de visado caducado no sea el problema; el peligro surge cuando ha vencido el plazo de estancia autorizado —que suele figurar en el formulario I-94—, ya que, al presentar cualquier documento en un aeropuerto, tus datos pasan ahora por un sistema de control que antes no existía en esta forma.

Los residentes permanentes no son inmunes, especialmente con condenas

A tarjeta verde — la condición de residente permanente legal — no lo protege de ser arrestado en el aeropuerto, particularmente si tiene condenas pasadas, incluso si han sido borradas. Aunque los residentes permanentes siempre han estado sujetos a inspección y a posibles consecuencias por una serie de infracciones, el peligro se encontraba en los puertos de entrada. Debido a mayores prioridades de aplicación de la ley, el riesgo es más pronunciado. Además, a los oficiales de la CBP se les ha otorgado mucho más poder. 

Se está produciendo un cambio radical para los residentes permanentes que regresan del extranjero. Aunque un agente de la CBP siempre ha podido detener a un titular de la tarjeta verde por un posible motivo de inadmisibilidad —salvo en caso de delito muy grave—, el no ciudadano solía ser puesto en libertad durante el proceso de deportación. En la actualidad, la administración se muestra mucho más inclinada a mantener detenidos a los titulares de la tarjeta verde en lugar de ponerlos en libertad mientras su caso se tramita en el tribunal de inmigración. Además, en las audiencias de fianza se ha vuelto mucho más difícil obtener la puesta en libertad.

Las propias condiciones de detención forman parte de la presión ejercida para obligar a los no ciudadanos a renunciar a sus derechos legales. Los centros remotos de Luisiana y Texas son intencionadamente inhóspitos y, a menudo, se encuentran lejos del lugar de residencia de la persona. En nuestra opinión, el objetivo es presionar a los detenidos para que acepten abandonar voluntariamente Estados Unidos —renunciando así a su derecho a una audiencia—, ya que defender un caso desde un centro remoto y con escasos recursos resulta muy difícil en la práctica, sobre todo cuando la persona se encuentra detenida en condiciones espantosas.

Sin embargo, el peligro para los residentes permanentes ahora se extiende más allá de los puertos de entrada debido a que la TSA comparte información sobre los viajeros con el DHS. Los residentes permanentes ahora están expuestos a un escrutinio dentro de los Estados Unidos que no se había visto antes. Un oficial también puede detener a los residentes permanentes si existe alguna base para cuestionar dicho estatus; muchas condenas penales activan causales de deportación.

Los objetivos de la aplicación de la ley se remontan más atrás de lo que la mayoría de la gente espera. Por ejemplo, incluso la posesión de una pequeña cantidad de marihuana es motivo para privar de la residencia a los residentes permanentes. Aunque las condenas antiguas no eran una prioridad anteriormente, ahora todas las condenas han pasado a ser relevantes para las prioridades de aplicación de la ley y expulsión de la actual Administración. De hecho, la actual Administración está tratando activamente de deportar a residentes permanentes, incluso a aquellos con antiguas condenas por posesión de marihuana, e incluso en los casos en que la posesión sea ahora legal según la legislación estatal. Las Administraciones anteriores emitieron directivas para ejercer discrecionalidad y no intervenir en dichos casos. Esa benevolencia ya no está vigente.

Si tienes alguna condena relacionada con la marihuana —independientemente de cuánto tiempo haya pasado o de lo leve que sea—, eres un posible objetivo de las medidas de control del DHS. Deberías sopesar ese riesgo antes de cualquier viaje internacional que implique volver a entrar en Estados Unidos. Incluso los viajes nacionales pueden suponer un problema.

Los titulares de la tarjeta verde que no tengan antecedentes penales, ni hayan cometido fraude, ni tengan problemas de estatus se encuentran en una situación diferente. Se les permite legalmente volar, y el análisis jurídico de su situación no ha cambiado. Sin embargo, el entorno general de aplicación de la ley se ha endurecido considerablemente. Cualquier interacción con la CBP en la que surja un problema —por muy inesperado que sea— conlleva un mayor riesgo de que el ICE en el aeropuerto forme parte de su experiencia de reingreso que antes.

La tabla que figura a continuación refleja las dos situaciones descritas anteriormente y lo que cada una de ellas implica en cuanto al riesgo de reincidencia en este momento.

Tu situaciónRiesgo de reincidencia
Titular de una tarjeta verde, sin antecedentes penales, sin problemas de regularidad migratoriaSe permite viajar legalmente; el riesgo aumenta debido al entorno de aplicación de la ley, no por tus antecedentes
Titular de tarjeta verde con cualquier condena por marihuana, por antigua o menor que seaObjetivo de cumplimiento activo; los viajes internacionales que requieren reingreso conllevan un riesgo significativo de detención
Tarjeta Verde y más documentación de USCIS.

Preguntas frecuentes

¿Está ICE realmente en los aeropuertos ahora mismo, incluidos aquellos sin inspecciones fronterizas?

Sí, y el riesgo de encontrarse con ICE en el aeropuerto es real.

La TSA ahora está compartiendo información de los viajeros con las autoridades de inmigración, quienes la están utilizando para verificar su estatus. Personas sin un estatus válido han sido arrestadas en vuelos nacionales, rutas sin la participación de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza. Ha habido un aumento significativo reciente en estas arrestos. Estas detenciones ocurren en salas privadas, fuera de la vista del público, deliberadamente. Cualquier persona sin un estatus migratorio válido debería reconsiderar seriamente tomar vuelos nacionales en este momento.

Debido a que los manifiestos de pasajeros se están compartiendo con el ICE, el cruce de la información con bases de datos de aplicación de la ley y condenas penales pasadas —incluso condenas potencialmente eliminadas del expediente— puede amenazar al no ciudadano en riesgo de ser arrestado en el aeropuerto. Esto incluye a los residentes permanentes.

¿Puede el ICE arrestar a alguien en un aeropuerto nacional sin un punto de control de CBP?

Sí. El ICE puede arrestar a alguien en un aeropuerto nacional sin un puesto de control de la CBP. La TSA ahora está compartiendo información de los viajeros con las autoridades de inmigración, quienes comparan esa información con varias bases de datos. Personas sin estatus migratorio válido han sido arrestadas en vuelos nacionales que no tienen conexión con Aduanas y Protección Fronteriza, y ha habido un aumento reciente y significativo en dichos arrestos. Estos arrestos parecen ocurrir sin órdenes judiciales; las órdenes administrativas de inmigración son firmadas por supervisores de inmigración, no por jueces.

¿A quién detiene ICE en los aeropuertos?

ICE apunta actualmente a personas que considera ilegales, así como a residentes permanentes que tienen un incidente que amenaza su estatus de residencia permanente, como un delito específico. Incluso los solicitantes de asilo con solicitudes pendientes y autorización de trabajo válida están en riesgo, ya que la administración ahora considera a dichas personas, en particular a las que ingresaron al país ilegalmente, como ilegales —una postura legal que disputamos, pero el riesgo de arresto es real—. Por lo tanto, los titulares de tarjetas de residencia (green cards) también se encuentran dentro del grupo de riesgo si existe un problema que pueda afectar su residencia permanente, como un delito específico o fraude. Esto incluye incluso condenas por marihuana de hace décadas o menores que administraciones anteriores optaron por no perseguir.

¿Necesita ICE una orden judicial firmada por un juez para arrestar a alguien en el aeropuerto?

Es muy posible que no se requiera una orden judicial. Para los viajeros que buscan la admisión en un puerto de entrada, no se requiere ninguna orden judicial; la CBP puede detener a alguien basándose únicamente en la sospecha de documentos falsificados. Para los viajeros nacionales señalados por la TSA, las detenciones parecen estar ocurriendo sin órdenes judiciales, o bien se emiten órdenes en el aeropuerto, a veces después de la detención. Las órdenes administrativas de inmigración no están firmadas por jueces; están firmadas por supervisores de inmigración, quienes actualmente las firman de manera indiscriminada y sin la debida justificación legal. A menudo se emiten para justificar la detención, en lugar de antes de que esta ocurra.

¿Puede un titular de tarjeta verde ser detenido por ICE en el aeropuerto?

Sí. Los titulares de tarjetas de residencia (green card) siempre han estado sujetos a arresto en el aeropuerto cuando agentes de la CBP los interceptan al ingresar al país, si existía una base para cuestionar su estatus de residentes permanentes. Por ejemplo, una condena penal que los haga deportables. Lo que ha cambiado es la postura de cumplimiento: la administración actual está mucho más inclinada a detener a los titulares de la tarjeta verde en lugar de dejarlos en libertad mientras transcurren los procedimientos. Además, los arrestos pueden ocurrir en relación con un vuelo nacional sin que haya habido un encuentro en la frontera o puerto de entrada. Los titulares de tarjetas de residencia sin antecedentes penales ni problemas de estatus no deberían preocuparse por volar, pero la mentalidad general de cumplimiento es significativamente más estricta.

¿Es seguro volar dentro del país si se tiene un caso de asilo pendiente y un permiso de trabajo?

Volar dentro del país puede ponerle en riesgo incluso con un caso de asilo pendiente y aun con una autorización de trabajo válida. La TSA ahora está compartiendo información de los viajeros con las autoridades de inmigración, y se ha arrestado a personas en vuelos nacionales. El Departamento de Seguridad Nacional actualmente sostiene la postura de que los solicitantes de asilo se encuentran aquí ilegalmente y están sujetos a arresto, a pesar de tener casos pendientes y permisos de trabajo válidos. Incluso las personas que tienen tanto una solicitud de asilo pendiente válida como una autorización de trabajo válida corren peligro bajo la postura actual de cumplimiento de la ley.

¿Cómo se puede verificar la estancia autorizada actual en los EE. UU.?

Tu estancia autorizada es independiente de la fecha de vencimiento de su visa. Una visa de turista de 10 años, por ejemplo, generalmente otorga alrededor de seis meses por entrada, no 10 años. Algunas categorías, como la H-1B, sí vinculan la estadía a la fecha de finalización de la visa, mientras que los titulares de visas E obtienen dos años por entrada independientemente de cuándo expire el sello. Para verificar su estadía autorizada real, busque su registro I-94 en línea usando su nombre y número de pasaporte.

Qué hacer a continuación

Esta semana:

  • Consulte su registro I-94 en el sitio web del I-94 de la CBP utilizando su nombre y número de pasaporte; confirme la fecha de finalización de su estancia autorizada, no la fecha del sello de su visa.
  • Si tiene algún asunto migratorio pendiente, un estatus vencido o una condena previa de cualquier tipo, hable con un abogado de inmigración antes de tomar cualquier vuelo nacional o internacional.

Este mes:

  • Los estudiantes F-1 deben verificar su estatus actual y confirmar si han sido admitidos por la duración de su estatus o hasta una fecha de finalización fija según la práctica actual de USCIS.
  • Los titulares de tarjeta de residencia permanente ("green card") con cualquier condena previa por marihuana —sin importar cuán antigua o menor sea— deben consultar a un abogado de inmigración antes de realizar cualquier viaje internacional que requiera reingreso.

En curso:

  • Monitorear los cambios en las políticas de intercambio de datos entre agencias: los datos de la TSA, del IRS y bancarios ahora fluyen hacia el DHS de maneras que aún se están expandiendo.
  • Cualquier persona sin un estatus migratorio regular debe considerar los viajes aéreos nacionales como una decisión de riesgo, y no de rutina, mientras continúe la postura actual de aplicación de la ley.

¿Necesita ayuda con su caso?

Si usted o un ser querido se ven afectados por medidas de aplicación de la ley, la prohibición de viajar, u otras restricciones de inmigración, comuníquese con nuestro experimentado equipo.

Este artículo se proporciona únicamente con fines informativos, y no constituye asesoramiento jurídico ni crea una relación abogado-cliente con Oltarsh & Associates, P.C. ni con ninguno de sus abogados, empleados y/o agentes. Las leyes y políticas cambian, y la información aquí contenida puede no reflejar los desarrollos legales más actuales. Usted puede Contacto sobre su situación concreta.

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